Dirección de Asuntos Estudiantiles Universidad de Valparaíso - Chile
 
Atribuciones del SEMDA
Home Dae / Atribuciones

Entre sus atribuciones está la visación de certificados del extrasistema, que prescriben reposo y/o suspensión o congelación de actividades académicas.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nª 297, de fecha 15 de julio de 1992, que aprueba el Reglamento del Servicio Médico y Dental de los Alumnos, en su Título IV, Artículo VI, en relación a la visación de certificados médicos y dentales de profesionales ajenos al Servicio, se dispone lo siguiente:

“La certificación médica o dental de profesionales ajenos al Servicio, otorgada a un estudiante de la Universidad, deberá ser visada por el Servicio Médico y Dental de los Alumnos, en un plazo no mayor a 3 días, contado desde la fecha de emisión del certificado correspondiente. Dicha certificación debe expresar nombre completo del alumno, del profesional que la extiende, diagnóstico clínico y tiempo de reposo, indicado con fecha de iniciación y de término.
El Servicio podrá requerir, cuando lo estime conveniente y antes de aprobar la certificación de un médico u odontólogo que no pertenezca al mismo, se le proporcionen mayores antecedentes.”


Además, cuando es solicitado por facultativos del extrasistema, entrega la autorización para reiniciar actividades académicas.