Skip to main content

Profesora de Derecho participó en Precongreso de Derechos de Infancia y Adolescencia

26 Noviembre 2020

Académica Rommy Álvarez expuso sobre el derecho a la identidad de niños, niñas y adolescentes en conflictos familiares.

Una extensa reflexión acerca del derecho a la identidad de niños, niñas y adolescentes en conflictos familiares, particularmente en aquellos relativos a la filiación y la justicia terapéutica, desarrolló la profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Rommy Álvarez, en la jornada inaugural del Precongreso Mundial de los Derechos de Infancia y Adolescencia “Mediación y justicia restaurativa”, rumbo al IX Congreso Mundial de los Derechos de Infancia y Adolescencia que se realizará en Córdoba, Argentina, en noviembre del 2021.

La actividad fue organizada por la Asociación para los Derechos de la Infancia y Adolescencia (ADDIA) de España y la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, de México, con la participación de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, organizadores del próximo Congreso Mundial.

La académica presentó la ponencia "El derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes en los conflictos familiares relativos a la filiación y la Justicia Terapéutica: Una interacción necesaria", donde explicó que “la heterogeneidad del fenómeno familiar en sociedades plurales como las nuestras, nos conduce a descubrir y relevar la situación en que niños, niñas y adolescentes vivencian su realidad familiar, conformando sus experiencias vitales en que su interés superior y la satisfacción de sus prerrogativas, como el derecho a la identidad o el derecho a vivir en su concreta familia, adquieren un cariz especial al que el derecho debe abocarse”.

“Podemos constatar múltiples derechos involucrados, una variedad de factores que van matizando el conflicto jurídico en estos casos que deben ser considerados por la autoridad judicial al momento de resolver este conflicto, el que presenta además un sustrato emocional y una evolución dinámica. Llegado el asunto al conocimiento judicial, en estas situaciones corresponde identificar las normas legales de que el ordenamiento jurídico dispone para su aplicación. Sin embargo, observamos en ocasiones que su ponderación en forma aislada podría significar la erradicación de la niña o el niño de lo que vivencian como su realidad familiar y, por cierto, de los vínculos afectivos que se construyen en este alero, que muchas veces no tienen consideración en la regla legal, y pueden traer como consecuencia la afectación en sus derechos esenciales”, añadió.

Se refirió a las interrogantes que surgen del caso: “Cómo procurar la conciliación de la ley con la realidad y cómo lograr que la aplicación de la norma jurídica general y abstracta por definición, pueda adaptarse a la situación específica de las personas vinculadas en el conflicto judicial, otorgando una solución respetuosa de los anhelos de los intervinientes, pero especialmente concentrada en el mejor desarrollo de niños, niñas y adolescentes, respecto de quienes la decisión va a gravitar”.

“En el ideal de una justicia que trascienda en la comprensión de los múltiples aspectos que presentan las relaciones familiares y las prerrogativas de las personas que son miembros de la familia, encontramos la justicia terapéutica como una valiosa respuesta que se centra en la dignidad humana para alcanzar una solución integral y armónica de los conflictos judiciales en materia de familia, y en aquellos donde se discute la filiación y relaciones familiares de niños, niñas y adolescentes”, subrayó.

Detalló que el cambio de paradigma que trae consigo la justicia terapéutica concierne a todas las instituciones y actores que inciden en la obtención de una decisión judicial, “partiendo de la propia ley, instando a los órganos legislativos a introducir en los textos legales mecanismos eficientes que ofrezcan a las partes y al juez una colaboración flexible en la resolución del conflicto, pasando por él órganos jurisdiccionales, jueces y juezas que trascienden en una labor activa e integradora, que más allá de identificar la norma jurídica aplicable al caso, busca una solución integral, confluyendo en la decisión la transdisciplinariedad necesaria para alcanzar la mejor solución”.

“Es importante que tengamos presente que niños, niñas y adolescentes no tienen posibilidad de elegir la familia en la que nacen y se desarrollan. De allí que los proyectos parentales y las circunstancias y dificultades que pueden presentarse, deban ser enfrentadas teniendo en consideración primordialmente sus derechos y prerrogativas, y de allí también que el Estado, en cumplimiento del deber de proteger o resguardar los derechos de las personas y propender al libre desarrollo de la personalidad de todos los miembros de su comunidad, deba contemplar un sistema jurídico normativo y un sistema judicial de resolución de conflictos acordes a tal fin”, cerró.