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Profesor de Derecho UV se refirió al estado de catástrofe y cierre fronterizo entre Valparaíso y Santiago

23 Marzo 2020

Docente Felipe González se refirió a la medida decretada por el gobierno en los diarios locales El Mercurio y La Estrella.

“No sería descabellado pensar en un cierre fronterizo entre Valparaíso y Santiago”. Así de tajante fue el profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso Felipe González en una entrevista publicada por el diario El Mercurio de Valparaíso a propósito del estado de catástrofe decretado por el Presidente Sebastián Piñera la semana pasada por el brote de COVID-19 en el territorio nacional.

En la publicación explicó en detalle de qué se trata un estado de catástrofe, indicando que parte de las facultades que tiene el Presidente en estos casos es restringir la circulación de personas, fijar precios, requisar insumos básicos como los medicamentos y bloquear el acceso a ciudades.

El diario recogió las opiniones del académico de la UV, quien explicó que se hacía necesaria aplicar esta medida lo antes posible: “Siempre es importante tomar muy en consideración la opinión de los profesionales del tema y el Colegio Médico, que creo que es la voz más autorizada en este minuto, ha sido bien categórico respecto a ciertas medidas que quizás hoy pueden parecer extremas, pero probablemente en el futuro van a ser insuficientes. […"> Es algo que el tiempo va a poder juzgar con mayor holgura, pero en este minuto, no sabiendo bien lo que va a pasar, pero sí al ver las realidades de otros países, como España o Italia, no pareciera ser algo tan descabellado, aunque tendremos que esperar para hacer una evaluación seria”, destacó.

Respecto a los principales elementos que constituyen el estado de catástrofe, hizo referencia a la restricción de “las libertades de reunión y de locomoción, y en su mensaje el Presidente dijo que el toque de queda era una posibilidad. Ya se ha hecho con anterioridad, por ejemplo, para el terremoto de 2010, cuando se decretó en las zonas más afectadas del sur. Y dado el motivo que existía detrás de la medida, no hubo ningún cuestionamiento por parte de la ciudadanía, a diferencia del 18 de octubre de 2019, porque en el estallido social sí existieron cuestionamientos, particularmente porque el estado de excepción de emergencia no lo permite, pero dudo que ahora alguien pueda recurrir a tribunales de justicia cuestionando la decisión”.

Consultado sobre la posibilidad de tomar medidas distintas dependiendo de la situación de cada región, el académico indicó que es así: “Dependiendo efectivamente de las necesidades de cada población y de cómo vaya avanzando la emergencia, puede que existan ciudades que aún no estén afectadas y basta únicamente con cerrar sus fronteras para que nadie pueda entrar ni salir, y con eso no necesitarías decretar un toque de queda, por ejemplo”. Respecto a cómo se podría implementar el cierre de una ciudad o región, aseguró que “primero lo tiene que decretar el jefe de Defensa de cada zona y luego se instala un control fronterizo en las principales vías de acceso. Por ejemplo, entre Valparaíso y Santiago se podría realizar en los túneles o en los pórticos de peaje de cada carretera. Ignoro si se va a hacer, pero perfectamente podría decretarse. Podría ser una medida bastante eficiente respecto de aquellas ciudades donde el avance del coronavirus no ha sido exponencial. No sería descabellado pensar en un cierre fronterizo entre ambas regiones”.

Además, el docente de Derecho UV fue entrevistado por la misma temática en el diario La Estrella de Valparaíso. En ese medio hizo referencia a la medida, adelantándose al toque de queda que hace pocos días fue anunciado. “El Presidente señala que tiene la facultad de decretar toques de queda y probablemente es algo que va a hacer. Es muy poco probable que alguien vaya a cuestionar esa decisión, como sí lo hicimos respecto el toque de queda de octubre y noviembre del año pasado, porque las motivaciones son muy distintas”, recogió el diario.

“Acá hay que tener en cuenta que desobedecer una orden de toque de queda puede implicar una falta penal que se castiga con multa de 1 UTM (48 mil 353 pesos). Las personas que salgan a la calle pueden ser objeto de esta sanción, que tiene un procedimiento distinto porque acá el Ministerio Público toma el parte policial y le pide a un juez que condene directamente a una persona. Y los juzgados pueden condenar a esa persona, pero es una multa que queda registrada y se elimina la irreprochable conducta anterior, que en muchos casos es la diferencia para rebajar una pena”, detalló el académico.

Finalmente, se refirió a la restricción del derecho de propiedad durante el estado de catástrofe, lo cual guarda relación con locales comerciales, donde incluso el Mandatario tiene la facultad para requisar bienes. En particular, y respecto a la posible alza en los precios de productos médicos, el docente añadió que “la norma es amplia en este sentido, pero sí se pueden decretar medidas para equiparar el racionamiento y uso del equipamiento médico. Se podría fijar precios, pero de todas maneras el aumento exorbitante de precios en el mercado en eventos de catástrofe también constituye delito”.