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Especialistas nacionales reflexionaron sobre salud pública y derecho penal en seminario virtual

30 Junio 2020

La actividad fue organizada por el Centro de Investigaciones de Filosofía del Derecho y Derecho Penal (CIFDE) de la UV.

Especialistas nacionales del campo de la salud y el derecho se reunieron en el seminario digital “Salud pública y derecho penal” organizado por el Centro de Investigaciones de Filosofía del Derecho y Derecho Penal (CIFDE) de la UV. La actividad tuvo por objetivo poner a disposición de las comunidades jurídica y médica nociones básicas sobre la salud pública como categoría médica y social, a la vez que como objeto de protección jurídica en general.

La actividad -transmitida a través de la plataforma Zoom y por la página de Facebook del centro- se realizó en medio de la pandemia provocada por el coronavirus, la que ha brindado renovada vigencia a algunos delitos contra la salud pública del Código Penal, como los de infracción de reglas sanitarias en tiempo de epidemia o catástrofe y de diseminación de gérmenes patógenos. La organización estuvo a cargo del profesor y subdirector de CIFDE, José Luis Guzmán, y la académica e investigadora responsable Alejandra Zúñiga, quien también actuó como moderadora.

Exposiciones

Por el área de la salud, las profesoras de la Escuela de Medicina UV María Elizabeth Guerra y Daisy Iturrieta, presentaron “Bases conceptuales de la salud pública: paradigmas y sus funciones esenciales” y “Respuestas institucionales a la pandemia por Covid-19 en contextos carcelarios”, respectivamente. Por el campo del derecho penal participaron el docente UDP Fernando Londoño, quien expuso “El delito de infracción de reglas higiénicas y de salubridad en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio”, y el académico UV e investigador responsable del CIFDE Andrés Benavides, con “El delito de diseminación de gérmenes patógenos”.

María Elizabeth Guerra destacó que “la salud pública es una disciplina amplia, intersectorial y transdiciplinaria que busca dar cuenta de la salud de poblaciones” y es un concepto “complejo, cargado de historicidad, con anclaje cultural y político, que rebasa lo médico y clínico, y cuyos elementos prominentes son la acción gubernamental, el rol de la comunidad organizada, los servicios colectivos y los servicios preventivos”. Hizo un repaso por los modelos teóricos que han sustentado los distintos paradigmas de salud pública, como el modelo higienista, de enfoque de riesgos, de determinantes sociales e intermedios de la salud y el modelo “one health”.

Por su parte, Fernando Londoño señaló que el artículo 318 del Código Penal “ha sido un espacio de confrontación entre el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública. El Ministerio Público apunta a que se trata de un delito de peligro abstracto, un delito formal cuya comisión se satisface con la sola infracción de las reglas sanitarias dictadas en tiempo de catástrofe. La DPP sostiene que se trata de un delito de peligro concreto y exige una carga de prueba mayor sobre el peligro producido”. Frente a la discusión, defendió que el tipo penal exige “alguna forma de peligrosidad”, y se trataría de “un delito de peligro abstracto concreto”, precisando que “no hay que confundir delito de peligro abstracto con delito puramente formal, puesto que el tenor literal del artículo 318 exige que la conducta provoque algún peligro para la salud pública”.

Daisy Iturrieta abordó en su intervención la perspectiva teórico-metodológica adoptada para la problematización y discusión desde un enfoque basado en la medicina social y la salud colectiva; el contexto sociopolítico, económico y cultural ideológico que determinan las condiciones de vida y la salud de las personas privadas de libertad; las repuestas institucionales en Latinoamérica y Chile frente a la pandemia en contexto carcelario; y los desafíos de la política pública de salud en bidireccionalidad con las necesidades de abordaje de contextos carcelarios, señalando sobre el indulto conmutativo que “vale la pena detener la reflexión en las condiciones de retorno y principalmente las condiciones externas a que las personas privadas de libertad se ven expuestas, ya que el virus se aloja con mayor crudeza en los territorios más vulnerables y pobres, que es de donde provienen las rutas de vida de estas personas”.

Finalmente, Andrés Benavides se refirió al “grave escenario generado por la pandemia mundial, que ha puesto en un marcado relieve aquellos crímenes y simples delitos contra la salud pública”. Sobre el bien jurídico tutelado por el tipo penal señaló que éste es la salud pública, y “el comportamiento incriminado consiste en esparcir o sembrar microorganismos capaces de producir enfermedad y que queden en situación de penetrar en el organismo de otras personas”, precisando que el tipo penal es un “delito de intención o delito de intención trascendente”. Destacó que “la penalidad no tiene su fundamento en una transformación determinada del mundo exterior (enfermar a otras personas), sino en una actitud interna del autor hacia su hacer: no es la concreta peligrosidad del hecho, sino la abstracta peligrosidad del ánimo”.

Luego de la ronda de preguntas e interacción entre los ponentes, el profesor y director del CIFDE Luis Villavicencio cerró el encuentro agradeciendo las exposiciones y la gran audiencia convocada.

Para acceder al registro del seminario, ingresar al siguiente enlace: https://bit.ly/2ZCQQyv