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Académica de la Universidad de Valencia expone sobre igualdad laboral en la Unión Europea

16 Noviembre 2018

La doctora María Amparo Ballester Pastor expuso en la Escuela de Derecho UV.

En el Aula Luis Vicuña Suárez de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso se llevó a cabo el seminario “Política de Igualdad de trato en el trabajo entre hombres y mujeres en la Unión Europea”, oportunidad en que expuso la doctora María Amparo Ballester Pastor, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia, España.

Dentro de su exposición, la académica se refirió a la situación en materia de discriminación por razón de género en la Unión Europea, centrándose en el ámbito geográfico y la realidad española, y en el ámbito temporal vinculado a la situación actual y la definición de líneas de tendencia.

En primer lugar, se refirió a los ejes de la protección antidiscriminatoria en España. “En la constitución aparecen dos preceptos que son clave: el artículo 14, donde están contenidos el principio de igualdad ante la ley y el principio de la discriminación, y la diferencia entre uno y otro es clave: el primero establece una protección frente al estado y el segundo es un mandato a los particulares. El estado tiene la obligación de tratar a todos los españoles y españolas con igualdad, pero los ciudadanos privados no tenemos que tratarnos entre nosotros con el principio de igualdad, tenemos diferencias y eso hace que nuestra relación no esté vinculada con el principio de igualdad, nos podemos tratar entre nosotros de una manera diferenciada, pero no podemos tratarnos entre nosotros contrariamente al principio de la discriminación. Por ejemplo, si yo soy empresaria, puedo contratar o no contratar a alguien porque me caiga bien o mal, o me parezca simpático o tenga buena letra, lo que no puedo hacer es dejar de contratar a alguien porque es mujer u hombre, porque tiene una determinada raza, religión, etcétera”.

Posteriormente se refirió a la importancia de la normativa de la Unión Europea, vinculándola a los conceptos de doctrina, jurisprudencia y norma. “La normativa de la Unión Europea en el tema antidiscriminatorio y en cualquier otra cosa más, tiene un rango jerárquico superior a la normativa española interna. Cada uno de los estados miembros cuando entramos a la Unión Europea cedimos soberanía, y lo que ocurre en la normativa de la Unión Europea tiene un rango jerárquico superior a nuestra propia normativa, y no solamente superior a nuestra propia normativa sino que incluso a la constitución, en caso de conflicto predomina la normativa de la Unión Europea”.

Respecto al principio de discriminación retributiva, la catedrática indicó que “en 2014 se aprobó en la Unión Europea una recomendación para la transparencia salarial entre mujeres y hombres, lo que significa que la guerra contra la distribución retributiva no está ganada, todavía existe una brecha retributiva. El problema al que se enfrentan las instituciones europeas es que las políticas antidiscriminatorias se han encontrado con un tope, y no consiguen eliminar las cifras de brecha salarial, y curiosamente las tasas de brecha salarial no son más altas o más bajas dependiendo del nivel de avance de los estados en materia antidiscriminatoria. Curiosamente nos encontramos con que tienen tasas de brecha salarial superior a la media de países como Austria, Finlandia o Islandia, entonces hay un problema grave. Y aunque todavía hay puestos en que por el mismo trabajo se cobran diferentes retribuciones, el problema en realidad no es ese. El problema surge cuando existe una incorrecta valoración de los puestos de trabajo, se tiende a invisibilizar aquellas características de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres, es algo que está de un lado invisibilizado y olvidado, y ese es el reto, tenemos que ver lo invisible”.

Posteriormente, se refirió al punto de la maternidad y el cuidado, sobre el cual explicó que se están desarrollando propuestas en la nueva perspectiva de conciliación. “Para favorecer el cuidado la única opción es dar permisos parentales, reducciones de jornada, poner paréntesis en las vidas profesionales de las personas, y eso es contrario a los trabajadores que tienen responsabilidades de cuidado, porque ralentiza las carreras profesionales y crea brechas de pensiones. Las políticas de conciliación tienen que basarse fundamentalmente en la adaptación del trabajo a la persona y la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, que es la única forma en que no se afecte la carrera profesional de las personas que tienen responsabilidades de cuidado, y esto tiene un fundamento en la normativa de la Unión Europea”.

Finalmente, hizo referencia al reto de la efectividad, asegurando que “dentro de las estrategias de la Unión Europea ya no se conforman con la formulación de derechos, sino que nos están dando ideas mucho más concretas, por ejemplo la recomendación de la igualdad retributiva o la igualdad salarial. Y no solamente eso, sino que la normativa de la Unión Europea en este momento resulta que tiene una formulación muy curiosa, porque la normativa antidiscriminatoria tiene un apartado final, y está muy interesada en que todo se cumpla”.

El seminario fue organizado por el Programa de Doctorado en Derecho de la Escuela de Derecho, el Centro de Estudios Interdisciplinarios en Teoría Social y Subjetividad (CEI-TESyS), y la Unidad de Igualdad y Diversidad de la Universidad de Valparaíso. En la oportunidad, la académica española fue acompañada en el panel por José Luis Guzmán, profesor de la Escuela de Derecho UV y director del Programa de Doctorado en Derecho, y Daniela Marzi, profesora de Derecho UV, encargada de la Unidad de Igualdad y Diversidad e investigadora de CEI-TESyS.

La doctora María Amparo Ballester Pastor es directora del Instituto Universitario de Estudios de la Mujer de la Universidad de Valencia, y experta nacional por España del European Network of Legal Experts in Gender Equality and Non-discrimination (órgano asesor de la Comisión Europea en materia de género).

Es autora de numerosas publicaciones jurídicas, fundamentalmente sobre discriminación laboral por razón de género y corresponsabilidad, aunque también ha investigado y publicado sobre otros temas de derecho del trabajo y de la seguridad social (como extranjería, derechos fundamentales, discriminación por edad, derecho social de la Unión Europea y prestación de maternidad).