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Seminario de Profundización del programa de Magíster en Derecho UV abordó desafíos del control de convencionalidad y la construcción del hecho en el proceso penal

24 agosto 2026

En la instancia expusieron los profesores Jaime Rojas y Felipe González.

Con el propósito de acercar a la comunidad estudiantil y académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso a distintas materias vinculadas con las tres menciones que contempla el Magíster en Derecho —Derecho y Proceso Penal, Derecho Privado y Derecho Público-, se realizó una nueva jornada del Seminario de Profundización del programa de postgrado.

La actividad contó con las exposiciones del profesor de la Escuela de Derecho UV e investigador de la Biblioteca del Congreso Nacional, Jaime Rojas, quien presentó la ponencia “La doctrina del control de convencionalidad: contribución, tensiones y contrapuntos”; y del también profesor de la Escuela de Derecho UV, Felipe González, quien abordó “La construcción del ‘hecho’ en el proceso penal. ¿Qué hacer? ¿Cómo mostrarlo?”.

La jornada fue encabezada por la profesora Marcela Aedo, coordinadora del Área de Postgrados, quien destacó en sus palabras inaugurales la continuidad que ha tenido este ciclo de seminarios como un espacio destinado a profundizar en materias de especial relevancia jurídica y, al mismo tiempo, favorecer el diálogo entre las distintas áreas de especialización del Magíster. En ese contexto, relevó la importancia de generar instancias que permitan a estudiantes y académicos conocer perspectivas y debates actuales asociados a las tres menciones del programa, y agradeció especialmente a los expositores por su participación y por contribuir con sus investigaciones y conocimientos a este espacio de formación y reflexión.

Control de convencionalidad y rol del Poder Legislativo

En su presentación, Jaime Rojas centró su análisis en la doctrina del control de convencionalidad, situándola en el contexto de la relación entre derechos humanos, soberanía estatal y las obligaciones que los Estados asumen al incorporar tratados internacionales sobre derechos humanos.

La exposición revisó, entre otros aspectos, la evolución de los instrumentos internacionales de derechos humanos y las obligaciones que estos imponen al Estado, incluyendo el deber de respetar y garantizar los derechos reconocidos, así como la obligación de adoptar medidas legislativas. En particular, se examinó el papel que corresponde al Poder Legislativo en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El profesional abordó el control de convencionalidad como una de las doctrinas más relevantes desarrolladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, poniendo también de relieve las distintas posiciones críticas que ha generado en la doctrina. La presentación destacó que se trata de una construcción que, pese a reforzar el rol del Estado como garante de los derechos humanos, plantea tensiones y debates respecto de su fundamento, alcance y aplicación.

Uno de los ejes centrales de la exposición fue precisamente la aplicación del control de convencionalidad al ámbito legislativo. Para ello, se revisó la evolución de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, desde pronunciamientos como Almonacid Arellano versus Chile y Gelman versus Uruguay, hasta decisiones más recientes, entre ellas Casierra Quiñonez y otros versus Ecuador, Baraona Bray versus Chile y Cuéllar Sandoval y otros versus El Salvador.

A partir de estos últimos casos, se examinó el deber de las distintas autoridades nacionales —incluidas aquellas que participan en el proceso de elaboración de normas— de ejercer un efectivo control de convencionalidad y de considerar los estándares interamericanos en la tramitación de proyectos legislativos. Entre los parámetros identificados se encuentran el contenido de la Convención Americana, la interpretación desarrollada por la Corte Interamericana a través de su jurisprudencia y los estándares fijados en sus sentencias.

Finalmente, Rojas planteó la necesidad de establecer mecanismos en sede legislativa que contribuyan a asegurar los derechos humanos, articular un diálogo entre el Poder Legislativo y la Corte Interamericana y fortalecer, en todos los niveles, el respeto y garantía de los derechos humanos.

La construcción del hecho en el proceso penal

La segunda exposición estuvo a cargo del profesor Felipe González y se enfocó en los problemas asociados a la construcción y acreditación de los hechos en el proceso penal, desde una perspectiva de razonamiento probatorio.

La presentación partió de una idea central: en el proceso penal el hecho no se encuentra, sino que se construye mediante reglas. Desde esta perspectiva, se propuso examinar qué entendemos por hecho, qué concepción de verdad resulta posible en el proceso, cómo se relacionan verdad e información, de qué manera se prueba un hecho y cuáles son los principales riesgos y herramientas para controlar su construcción.

Uno de los puntos desarrollados fue la distinción entre el suceso ocurrido en el pasado y el enunciado fáctico que es sometido a prueba. La exposición planteó que al juicio no llega directamente el hecho, sino relatos, registros y rastros, por lo que la prueba recae sobre proposiciones acerca de los hechos. Asimismo, se distinguieron hechos externos, psicológicos e institucionales, cada uno de los cuales requiere vías probatorias diferentes.

Otro eje estuvo dedicado a las distintas concepciones de verdad —por correspondencia, coherencia y consenso— y a sus respectivos límites en el proceso penal. En particular, se destacó que la correspondencia constituye una aspiración, mientras que el proceso dispone de mecanismos de corroboración a partir de la prueba disponible. También se advirtió que la coherencia de un relato, aunque resulta relevante para su valoración, no es suficiente por sí sola para establecer su verdad.
La exposición puso especial énfasis en distinguir verdad e información, señalando que la carpeta investigativa constituye un insumo para formular hipótesis y líneas argumentales, pero no equivale a la verdad ni a un hecho probado. Es la prueba producida, contradicha y valorada conforme a las reglas procesales la que permite determinar qué hechos pueden tenerse por acreditados.

En materia probatoria, se revisaron las diferencias entre prueba directa, prueba indiciaria y prueba sobre la prueba o de validación. En particular, se destacó que la prueba indiciaria exige hacer explícito el razonamiento que conecta los indicios con la conclusión, mientras que la prueba de validación busca acreditar la aptitud, autenticidad o fiabilidad de otro medio probatorio.
Asimismo, se abordaron herramientas para controlar los relatos fácticos mediante las nociones de coherencia, congruencia y consistencia, diferenciando además la congruencia probatoria de la congruencia procesal. Esta distinción permite identificar tanto la relación entre la prueba y el hecho que se busca acreditar como la correspondencia que debe existir entre las distintas etapas de la imputación penal.

Finalmente, la presentación examinó algunos de los principales riesgos que inciden en la construcción del hecho, entre ellos los sesgos cognitivos, los problemas asociados a la memoria y los desafíos que plantea la prueba digital. En este último ámbito, se destacó especialmente la importancia de la autenticación técnica, la trazabilidad y los mecanismos de validación frente a un escenario en que herramientas de inteligencia artificial permiten generar contenidos audiovisuales sintéticos cada vez más verosímiles.

De este modo, el Seminario de Profundización permitió abordar, desde perspectivas vinculadas al Derecho Público y al Derecho y Proceso Penal, algunos de los debates contemporáneos que atraviesan el ejercicio y la investigación jurídica, reafirmando el carácter del Magíster en Derecho como un espacio de especialización, discusión académica y profundización de conocimientos en sus distintas áreas.

Nota: Camila Cortez

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